DERECHOS HUMANOS
Se entiende por derechos humanos al reconocimiento de todos los derechos inherentes a la persona humana, y en el que los países firmantes de este documento se comprometen a reconocerlos, respetarlos y protegerlos.
Este día evoca al 10 de diciembre de 1948 en que la asamblea general de las naciones unidas aprobó la resolución 217A-III, que contiene la declaración universal de los derechos humanos.
En el Perú fue aprobado por resolución legislativa 13282 del 9 de diciembre de 1959, en el gobierno de presidente Manuel Prado Ugarteche.
Esta declaración de los derechos humanos consta de un preámbulo de 30 artículos, agrupados en derechos civiles y políticos y derechos económicos y sociales. Estos derechos alcanzan a toda persona sin restricción alguna de raza, sexo, religión , color, idioma, opinión política, origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición.
Por los derechos civiles y políticos se tiene derecho a la vida a la libertad y seguridad personales a la eliminación de la esclavitud, la servidumbre a la tortura; a la igualdad ante la ley; a un juzgamiento previo a la presunción de inocencia; a la entidad; a la inviolabilidad domiciliaria y a la correspondencia; al honor y a la buena reputación; a transitar libremente, entrar y salir del propio territorio, a asilarse; a fundar una familia; a la propiedad; a la libertad de pensamiento y a participar en el gobierno de su país.
Por los derechos económicos y sociales se tiene derecho a la superioridad social; al trabajo y a su justa remuneración; a fundar sindicatos, al descanso y a una jornada razonable de trabajo; al bienestar; y a la educación y a participar de la vida cultural del país.
En este día de la declaración universal de los derechos humanos debemos tener presente su valor ético que a servido para dignificar a la persona humana.
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